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los derechos del usuario en relación con el servicio de aseo.

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  • Derecho a obtener al servicio de recolección de basura, de acuerdo a las disposiciones que rigen la materia en el distrito y las leyes sobre la misma.
  • Derechos a obtener acceso al servicio de recolección sin discriminación y en igualdad de condiciones.
  • Derecho a que su solicitud de recolección y prestación de cualquiera de los servicios prestados por la concesionaria se atiendan de manera expedita y sin demora injustificadas.
  • Derecho a ser informados sobre el tiempo estimado requerido, para tender solicitud relacionada con el servicio.
  • Derecho a recibir un servicio de los niveles de calidad establecidos por el Municipio.
  • Derecho a que la facturación del servicio se ajuste a los precios o tarifas vigentes, salvo acuerdo libre y voluntario entre las partes.
  • Derecho a que sus solicitudes, reclamaciones y pagos se atiendan sin trámites excesivos o innecesarios en locales de fácil acceso, cómodos y seguros en horarios fijados y anunciados por el prestador.
  • Derecho a recibir en todo momento información clara y detallada acerca de los servicios ofrecidos, precios y tarifas vigentes, así como los demás servicios ofrecidos.
  • Derecho a ser informado sobre las consecuencias que se deriven de no pagar el servicio en el tiempo establecido.
  • Derecho a que se recoja la basura almacenada según la frecuencia y horario establecido.
  • Derecho a recibir la facturación del servicio en el tiempo oportuno y por las vías más idóneas y solicitar el duplicado al concesionario cuando la factura del servicio no haya llegado oportunamente. El no recibir la factura no lo exime del pago concerniente de esta.
  • Derecho a ser informado de las interrupciones del servicio y recibir las explicaciones necesarias cuando estas sean imprevistas y le afecten.
  • Derecho a recibir mejor calidad en la prestación y eficiencia del servicio.
  • Derecho a obtener créditos o compensaciones por la falta de prestación y deficiencia del servicio.
  • Derecho a la confidencialidad de la información que se derive de su relación con el prestador del servicio, salvo por orden de la autoridad competente.
  • Derecho a reclamar ante el prestador por cualquiera deficiencia, irregularidad o incumplimiento por parte del prestador y a recibir respuesta en un plazo no mayor a 30 días.
  • Derecho a presentar su reclamo personalmente, por correo, teléfono o cualquier otro medio que el prestador ponga a su disposición.
  • Derecho a no pagar la parte de la factura sujeta a reclamo y a que no se le suspenda el servicio mientras dure la investigación del caso. Este derecho se ejercerá cuando no se apliquen constantes las tarifas establecidas y no se preste el servicio con la continuidad y frecuencia establecida.
  • Derecho a recurrir ante El Municipio a través de la unidad encargada cuando previo reclamo ante el prestador no satisface la respuesta.

los deberes del usuario en relación con el servicio de aseo, son:

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  • Vincularse al servicio de aseo y recolección, siempre que haya servicios disponibles o acreditar que se dispone de alternativas que no perjudiquen a la comunidad.
  • Pagar puntualmente, dentro de los días indicados, las tarifas establecidas por el servicio prestado, según los acuerdos municipales y contratos suscritos.
  • Permitir al personal recolector de la prestadora la efectiva y fácil recolección de la basura generada.
  • No almacenar basura o desechos que no sean generados en la vivienda que aparece en el contrato respectivo.
  • Almacenar solo los desechos que se consideran objeto de recolección.
  • No almacenar basura o desechos contaminantes, hospitalarios o que pongan en peligro la vida y salud de los recolectores o manipuladores.
  • Almacenar y disponer la basura solo en los días y horarios establecidos para su recolección.
  • Informar por escrito a la prestadora sobre cualquier anormalidad, fraude o peligro por la prestación.
  • Comunica por escrito al Municipio cualquier incumplimiento o falta cometida por la prestadora.
  • Utilizar los procedimientos vigentes al solicitar el servicio o reclamar cualquier deficiencia del mismo.
  • Hacer uso del servicio, de modo que no genere riesgos excepcionales o se constituya en un obstáculo para la prestación del servicio a los demás miembros de la comunidad. Todo usuario está en la obligación de facilitar la medición de sus desechos.
  • Presentar los residuos solidos para su recolección en las condiciones establecidas por el concesionario, o en las normas que lo exigen, en el reglamento de prestación de servicio que expida el municipio, y en la forma y tipos de recipientes determinado por la concesionaria.
  • Recoger los residuos originados por el cargue, descargue o transporte de cualquier mercancía.
  • Cumplir los reglamentos y disposiciones del concesionario con respecto a la prestación del servicio.
  • No cambiar la destinación del inmueble beneficiario del servicio, sin cumplir con los requisitos exigidos por el Municipio o la autoridad competente.
  • Dar aviso al Concesionario en los cambios de la destinación del domicilio.
  • Dar aviso al Concesionario de la existencia de fallas en el servicio, cuando se presenten.
  • No depositar sustancias líquidas, excretas, ni basura de las contempladas para el servicio especial, en recipientes destinados para la recolección en el servicio ordinario.
  • Colocar los recipientes de residuos sólidos en el frente, evitando obstrucción peatonal o en los lugares de recolección y en los días y horarios previamente determinados por el Concesionario, los recipientes no deberán permanecer en los sitios señalados durante días diferentes a los establecidos por el Concesionario para la prestación del servicio y el usuario no deberá sacar sus residuos con más de tres (3) horas de anticipación de la prestación del servicio.
  • Pagar las multas impuestas, de acuerdo con las disposiciones vigentes.
  • Mantener aseado el frene de los domicilios.
  • Los demás contenidas en las normas expedidas por las autoridades competentes.
  • Mantener limpios y cerrados los lotes de terreno de su propiedad, así como las construcciones que amenacen ruina. Cuando por ausencia o deficiencia en el cierre y mantenimiento de estos se acumule basura en los mismos, la recolección y transporte hasta el sitio de disposición esta a cargo del propietario de lote. En el caso en que la Concesionaria proceda la recolección, este servicio podrá considerarse como especial y se hará con cargo al dueño o propietario del lote de terreno.